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Martin Baños

El derecho de desistimiento en las compras de adquisición instantánea



El derecho de desistimiento se regula en la legislación de personas consumidoras y usuarias, y permite a los adquirentes de un producto fuera de establecimiento comercial desistir del contrato en un periodo de catorce días naturales, sin necesidad de alegar causa y sin que pueda suponer coste alguno.


El derecho de desistimiento ha de ejercerse dentro del plazo previsto, y la devolución del producto ha de hacerse en las mismas condiciones; pero ¿qué sucede con aquellos productos de adquisición instantánea, como un videojuego adquirido a través de una plataforma online? ¿Seguimos teniendo catorce días para desistir del contrato?


La Comisión Europea en junio de 2014 se pronunció a este respecto a través de un Documento de orientación relativo a la Directiva 2011/83 que en su art. 16 recoge las excepciones al derecho de desistimiento, y en concreto, en su apartado m) establece la exclusión de este derecho cuando “el suministro de contenido digital que no se preste en un soporte material cuando la ejecución haya comenzado con el previo consentimiento expreso del consumidor y con el conocimiento por su parte de que en consecuencia pierde su derecho de desistimiento”. A tenor de lo dispuesto en este precepto, el consumidor sólo podrá desistir del contrato durante el periodo de catorce días cuando no hubiese procedido a la descarga del producto.


Este supuesto genera además doble problemática cuando estas compras las lleva a cabo un menor de edad. Si un menor compra un videojuego y lo descarga de forma instantánea, se aplica la normativa expuesta en el párrafo anterior, y no se podrá por lo tanto devolver, el contrato es válido. Se exige por tanto un deber de vigilancia de los padres o tutores a la hora de permitir a sus hijos navegar por Internet en plataformas en las que puedan llevar a cabo compras instantáneas.


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