Derecho Concursal
Dentro de nuestras especialidades se encuentra el Derecho concursal. Es procedente señalar que al concurso de acreedores le precede una etapa previa llamada preconcurso. Esta fase preconcursal es muy importante debido a que puede evitar la etapa concursal, pudiendo llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos antes de los 3 meses, si cumple con una serie de requisitos. Es decir, se recurren a vías alternativas para poder sanear las deudas y evitar una liquidación del patrimonio del deudor.
En caso de llegar a la fase de calificación del concurso, el juez/a calificará el concurso como fortuito o como culpable, entendiéndose culpable cuando el deudor hubiera generado o agravado su situación de insolvencia, por actuar de forma dolosa o culposa grave. En caso de ser responsable el administrador puede suponer la imposición de penas de inhabilitación, la pérdida de derechos de cobro o, incluso, la obligación de indemnizar por daños y perjuicios.
Sin embargo, hay una manera de evitar la calificación del concurso, el concurso express. El concurso express es una forma de concurso de acreedores más económica, rápida y segura para los casos en que la empresa carece de fondos o activos a corto plazo. Lo más importante es aportar toda la documentación necesaria, además de unos buenos argumentos, para que el Juez aprecie de manera evidente que el patrimonio del concursado resulta insuficiente para pagar los créditos contra la masa derivados del procedimiento. Nosotros, como expertos, te guiaremos para que siempre optes por la mejor solución para tu caso.
Si quieres saber más sobre la Ley Concursal puedes leer nuestro blog. Aquí los enlaces: Ley de Segunda Oportunidad (BEPI) Cancelación de las deudas I: Hacienda y Seguridad Social