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Cancelación de las deudas I: Hacienda y Seguridad Social

Actualizado: 30 jun 2021


La Ley de Segunda Oportunidad es una ley que permite que aquél que lo ha perdido todo por haber liquidado la totalidad de su patrimonio en beneficio de sus acreedores, pueda verse liberado de la mayor parte de las deudas pendientes tras la liquidación.


Los deudores pueden ser personas físicas o jurídicas, autónomos o empresas pueden conseguir la cancelación de las deudas contraídas, o pueden reunificarlas negociando con los acreedores (bancos, financieras, etc.).


La ley pretende reforzar la protección del deudor insolvente, si cumple con los siguientes requisitos:

  • El deudor debe acreditar que no tiene patrimonio (o que se liquide previamente) y que no puede pagar las deudas que han sido contraídas.

  • No puede tener una deuda superior a los 5 millones de euros.

  • Debe actuar de buena fe.


Si eres Autónomo y te encuentras en quiebra debes conocer las novedades referentes a las deudas con Hacienda y la Seguridad Social.


Ahora las deudas con la administración pública pueden quedar exoneradas. Esto ha dado lugar a un debate en los últimos años, ya que se vino a considerar como un obstáculo para la nueva oportunidad.


Esta controversia se ha solventado con la jurisprudencia, después de dejar sin efectos el artículo 491 TRLC, ya que se acogen a lo que ya había dicho el Tribunal Supremo el 2 de julio de 2019, en donde realiza una enmienda sobre esta contradicción y otorga al juzgado de lo mercantil la facultad de actuar sobre esas deudas con la Administración pública.


Es decir, que el autónomo en quiebra podrá librarse hasta un máximo del 70% de sus deudas con Hacienda y la Seguridad Social. Además, la cuantía restante a pagar podrá dividirse en cuotas. De esta manera, sí puede ser realmente un mecanismo de Segunda Oportunidad.


Además, la Directiva 2019/1023, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019 establece como finalidad mejorar el marco legal para que las empresas y autónomos puedan recuperarse y empezar desde cero en caso necesario, lo que resulta mucho más complicado si no pueden exonerarse de sus deudas con la Administración pública. España deberá trasponer dicha Directiva antes de agosto de este año, por lo que muchas empresas y autónomos podrán verse beneficiados.


Puedes asesorarte sobre la Ley de Segunda Oportunidad llamando al 981 947 956 o enviando un correo a info@despachojuridicoarcaabogados.com


 

Referencias:

Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2019-81090


 



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